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La calor como riesgo laboral: Se necesita una fuerte prevención

Estos días de intenso calor conviene recordar algunas cuestiones básicas sobre el calor como riesgo laboral. Y es que el sol en un día del mes de julio o agosto cae de forma abrumadora sobre el conjunto de la población pero, aún más, sobre las personas trabajadoras que deben desarrollar su jornada laboral en condiciones de altas temperaturas.

Las personas que trabajan al aire libre bajo el sol o en espacios cerrados con altas temperaturas, realizando trabajos que requieren esfuerzo físico intenso, sin sombra donde encontrar refugio o un espacio fresco de descanso, deben tener mucha precaución con el sol y el calor, ya que existe una amplia serie de factores de riesgo que pueden tener consecuencias perjudiciales para la salud, llegando incluso, en situaciones graves, a provocar la muerte.

El estrés térmico aumenta el riesgo de sufrir accidentes laborales y enfermedades derivadas del calor, como deshidratación, calambres, erupciones cutáneas y los golpes de calor que conllevan peligro de muerte. Asimismo, las personas con alguna enfermedad crónica son más vulnerables si están expuestas al calor sin la debida protección.

La posibilidad de vernos expuestos a altas temperaturas en nuestro lugar de trabajo, sea este interior o exterior, debe estar recogida y tratada en los planes de prevención de riesgos laborales de las empresas. Ante el riesgo que supone el calor, es OBLIGATORIO que los planes de prevención contemplen una serie de aspectos de especial relevancia y las empresas son responsables de proteger la salud de la plantilla frente a los peligros derivados de las temperaturas excesivas en la misma medida que cualquier otro riesgo para la salud.

  1. Identificación. No solo hay que mirar el termómetro, sino que es necesario analizar las condiciones concretas de cada lugar de trabajo para evaluar el riesgo: espacio, humedad, ventilación o no, esfuerzo físico, vestimenta…
  2. Islas de temperatura. Supone el monitoreo y seguimiento de la temperatura real a la que están sometidas las personas trabajadoras, que por diferentes motivos, por ejemplo con trabajos en el asfalto, puede ser mucho más elevada
  3. Medidas para paliar el calor. Las medidas de prevención deben contemplar poder aplicar modificaciones del plan de trabajo habitual para minimizar el riesgo para la salud que supondría mantenerlo inalterado por el calor: modificar horarios, establecer pausas y ciclos de descanso, proveer agua fresca y facilitar hidratación, tener acceso a zonas de sombra.
  4. Formación y responsabilidad. Se debe facilitar a todos los trabajadores la máxima información posible sobre el contenido del plan de prevención en relación al riesgo térmico poniendo especial énfasis en la identificación de los síntomas que puede generar una exposición peligrosa y facilitando formación en materia de primeros auxilios y tratamiento temprano.
  5. Vigilancia de la salud. El plan de prevención debería contemplar la realización de pruebas médicas específicas y adecuadas a las personas trabajadoras según sus tareas, naturaleza o espacio en que se desarrollen, si pueden comportar riesgo.

En este sentido, destacamos la importancia que pueden tener los delegados de prevención para participar en la elaboración de los planes de prevención. Y cabe recordar que las consecuencias de la exposición a temperaturas elevadas o una exposición solar excesiva sin las condiciones laborales adecuadas suponen una infracción del deber de protección de la salud de las empresas, y los perjuicios en forma de lesiones o patologías que se deriven deben tener la consideración de enfermedad profesional o accidente laboral generando las prestaciones que correspondan y, si es el caso, las indemnizaciones pertinentes a cargo de la empresa infractora.

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