Terrassa aplicará la limitación en el precio del alquiler. Así lo ha confirmado la regidora de Vivienda, Lluïsa Melgares, después del anuncio esta semana por parte de la Generalitat de Catalunya donde hacía pública la lista de 140 municipios que han sido declarados Zonas de mercado residencial ‘tensionado’. La cocapital del Vallès Occidental forma parte de esta lista y, por lo tanto, se aplicarán las medidas de limitación de las rentas del alquiler que prevé la Ley estatal por el derecho a la vivienda.
En el DOGC ya se puede consultar la lista, y se ha entrado en el periodo de información pública de 20 días para que administraciones, entidades y particulares puedan presentar alegaciones. Posteriormente, se notificarán al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), que será finalmente quién las aprobará. Esta declaración tendrá una vigencia de 3 años y se podrá prorrogar por anualidades.
Terrassa cumple el requisito que establece la Ley estatal para ser declarada «área tensa», y está etiquetada como una «área de demanda residencial fuerte y acreditada». ¿Pero qué significa área tensa? Pues requiere que cumpla uno o dos de estos condicionantes: «que la carga mediana del coste del alquiler o de la hipoteca al presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supera el treinta por ciento de los ingresos medianos o de la renta mediana de los hogares» o bien que «el precio de alquiler o compra de la vivienda haya experimentado los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado, un porcentaje de crecimiento acumulado de al menos tres puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma correspondiente».
Quien será un gran tenedor?
El Gobierno aplicará las medidas de contención de las rentas que recoge la ley estatal. Así, el alquiler de los nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de aquel contrato. Y, además, cuando se trate de un gran tenedor, el alquiler no podrá ser superior al Índice de referencia del precio de alquiler.
Así mismo, para agilizar la declaración de las áreas tensas y empezar a aplicar las medidas lo antes posible, el documento que ahora se tramita incluye la definición de carácter general de gran tenedor como la persona física o jurídica propietaria de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m² de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, tal y como recoge la nueva ley. Sin embargo, la normativa da la posibilidad de acotar-lo hasta titulares de cinco o más viviendas. En este sentido, el Departamento de Territorio iniciará de forma inmediata los estudios necesarios para aplicar esta rebaja si es necesario.

